La
violencia con que algunos perros han atacado a distintas personas en estos
últimos días en Concordia y la región, provocando graves lesiones, fueron
razones para que nuevamente el Concejal Alberto Zadoyko del FEF se ocupara del
tema y así en el seno del Concejo de la Sesión del jueves 22 de agosto de 2013
realizó la presentación de un proyecto de Ordenanza, recordando que ya lo había
hecho en el expediente Nº 19408 ingresado a este Honorable Concejo con fecha 2
de agosto de 2012.
El
Concejal explicó que el mismo consistía en un proyecto de Ordenanza relacionado
con la sanción en la Provincia de Entre Ríos de la ley Nº 10029/2011 que tiene por objeto establecer la normativa
aplicable a la tenencia, crianza y adiestramiento de perros potencialmente
peligrosos, para hacerla compatible con la seguridad de las personas, bienes y
otros animales.
En
los fundamentos, Zadoyko consideró la necesidad de contar con una norma adecuada
que considere la tenencia responsable de perros peligrosos en la ciudad es un
tema recurrente ante accidentes varios protagonizados por razas de canes
peligrosos y que habría que convocar a las ONG que trabajan con los animales
para poder contar con su opinión al respecto.
En
el año 2005 se dictó la Ordenanza Nº 33054
que regula el tránsito y la permanencia de perros en la vía pública y
dentro de la planta urbana municipal, pero no ha sido aún reglamentada y no existe una
norma específica destinada a los perros peligrosos y que por eso oportunamente,
el 2 de agosto de 2012 mediante Exte Nº 19408 se solicitó la adhesión a la Ley
Provincial Nº 10029/2011hasta tanto se reglamente la norma vigente y/o se dicte
la Ordenanza que regule específicamente el tema,
Que en ese contexto y
atento a hechos que son de público conocimiento sucedidos en la localidad de
Puerto Yeruá y Paraná en los últimos días, se reitera el proyecto enviado
oportunamente, entendiendo que existe un vacío legal en el tema es necesario
adoptar medidas urgentes como
formas preventivas que el estado municipal debe
asegurar.
Artículo Nº
1: Adherir a la Ley Provincial Nº 10029/2011 que regula la tenencia responsable de perros
peligrosos.
Artículo Nº 2: Se constituyen como autoridades
de aplicación y control de la presente a las áreas de Inspección Veterinaria,
Inspección General, Saneamiento Ambiental y Dirección de Tránsito en lo que le
corresponda a cada una según sus funciones.
Artículo Nº 3:
Comuníquese, publíquese y archívese.
Muchas gracias por su difusión.-
Nota: Dos de los medios que publicaron la noticia. Uno en 2012 y otro
ahora en 2013.-



