El Concejal del Frente Entrerriano Federal, Alberto Zadoyko exigió el cumplimiento de lo dispuesto por Ordenanza creada en 2010. Solicitó, mediante un proyecto de Resolución a la Presidencia de este Honorable Concejo Deliberante convoque con carácter Urgente a las instituciones determinadas en el art. 2º de la Ordenanza Nº 34.177, (Texto ordenado con las modificaciones introducidas por Ordenanza Nº 34949) a fin de proceder a la conformación del Consejo de Seguridad Vial y su reglamentación.
El Concejal entiende que, si para conformar una Comisión el Municipio necesita más de 4 años, evidentemente algo está muy mal y hay que revertirlo con decisión política, el tema del tránsito es muy grave se trata de vida o muerte.
Recordó el edil que, en octubre de 2012 presentó un proyecto de Ordenanza Declarando en Estado de Emergencia vial el tránsito vehicular de la ciudad de Concordia y no recibió el acompañamiento esperado. Hay mucha gente interesada en colaborar con el tránsito de la ciudad, es el caso de Familiares de Víctimas de Accidentes de Tránsito que en su oportunidad en 2012 presentaron unpetitorio elaborado por ellos y enviado al Intendente donde reclamaban por la “absoluta ausencia del estado Municipal en las funciones de prevención”.
En abril de 2013 entre otros, ingresó proyecto de Comunicación elevando al Ejecutivo el estudio de investigación sobre Accidentes de Tránsito y puntos negros en la ciudad realizado por profesionales en Accidentología como los Licenciados Galliussi- Casanova, pedía se los invite para que se coordinen trabajos con las áreas pertinentes y nunca fueron convocados. Presentó además un proyecto de Comunicación pidiendo la conformación del Comité Ejecutivo y Consultivo que crea el Concejo Municipal de Seguridad Vial, sin respuesta.
El artículo 1º determina que el mismo funcionará en la órbita del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Concordia, será coordinado por el Vice-Presidente Municipal asistido por la Dirección de Tránsito.
El artículo 2º establece que “… El Consejo Municipal de Seguridad Vial estará integrado por un representante de cada uno de los organismos que se citará a continuación, siendo su desempeño ad honorem. 1) Cuatro representantes del Honorable Concejo Deliberante; tres por la mayoría y uno por la minoría. Los que serán propuestos con el aval de sus pares. 2) Dirección de Tránsito 3) Juzgado de Faltas 4) Policía de la Provincia de Entre Ríos 5) Prefectura Naval Argentina 6) Policía Federal 7) Gendarmería que actúa en el marco de la Ley 24449 y modificatorias 8) Bomberos Voluntarios 9) Dirección Departamental de Escuelas 10) El coordinador del Consejo Provincial de Seguridad Vial o un representante que este designe. 11) Dirección de Turismo 12) Directores de Hospitales públicos y centros de salud. 13) Centro de Fortalecimiento Social. 14) Compañías de Seguros 15) Organizaciones no Gubernamentales que tengan directa relación con la seguridad vial. 16) Policía Infantil.
Entre los considerandos, Alberto Zadoyko dijo que el Consejo tiene como funciones: 1) Proponer políticas de prevención de accidentes 2) Aconsejar medidas de interés general según los fines de la Ley Nacional Nº 24449.3) Fiscalizar la aplicación de la legislación de tránsito y sus resultados. 4) Fomentar la educación vial 5) Capacitar a los funcionarios mediante cursos y seminarios específicos. 6) Monitorear la efectividad de las ordenanzas y normativas vigentes y que en el futuro se dictan. 7) Propender a la coordinación y unificación de las normas y criterios de aplicación en seguridad vial reforzando la relación Municipio-Provincia-Nación 8) Coordinar acciones preventivas y de contralor con otras jurisdicciones. 9) Coordinar sus acciones con el Consejo Provincial de Seguridad Vial. 10) Impulsar la ejecución de sus decisiones 11) Lograr intercambios de conocimientos entre Nación Provincia y Municipio. 12) Fomentar la investigación accidentológica, emergentológica y preventiva 13) En General cuantas acciones sean necesarias para sus fines.
El Comité Consultivo, integrado por las Instituciones, se reunirá cada sesenta días y podrá ser convocado por el comité ejecutivo cada vez que sea necesario. No obstante la vigencia de la norma la misma no ha sido reglamentada ni se ha realizado ninguna reunión de este Honorable Cuerpo para ello.
Las consecuencias causadas por el tránsito en nuestra ciudad, hacen necesario la puesta en marcha del Consejo mencionado, máxime considerando la vigencia de la norma que lo crea. Zadoyko finalizó que necesitamos proponer un plan de acción para intentar disminuir los accidentes de tránsito y sus consecuencias hoy.
Este último proyecto presentado en Sesión Ordinaria del 23 de abril de 2014, fue aprobado para que pase al Concejo en Comisión.



